1. Thomson Reuters Argentina
  2. Soluciones Fiscales, Contables y Gestión
  3. Blog Empresas
  4. Nueva moratoria impositiva AFIP 2020: alcance y ventajas de adherirse

MAR 11, 2020

Nueva moratoria impositiva AFIP 2020: alcance y ventajas de adherirse

El proyecto de moratoria para las PyMES, que forma parte de la nueva Ley de Solidaridad, está orientado a que las empresas chicas y medianas puedan refinanciar el stock de su deuda fiscal de corto a largo plazo, incluyendo condiciones de condonación de intereses y multas.

El objetivo es aliviar la situación fiscal de las empresas que están afectadas por la crisis actual y la caída de la actividad económica. La moratoria impositiva fue oficializada el 31 de enero de 2020 a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 4667, que apunta a beneficiar aproximadamente a un millón de PyME de nuestro país.

Analizaremos a continuación los principales alcances de la moratoria, las condiciones de adhesión y el rol de los contadores a la hora de dar soporte a sus clientes para acogerse a este nuevo plan de pagos.

Alcances y beneficios de la moratoria: regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras

Sujetos que se pueden adherir

·         Micro, pequeñas y medianas empresas con certificado MiPyME vigente al momento de la presentación.

·         Entidades civiles sin fines de lucro.

Obligaciones incluidas

·         Deudas tributarias y de seguridad social vencidas al 30/11/2019 inclusive.

·         Infracciones sobre obligaciones vencidas al 30/11/2019.

·         Refinanciaciones de planes de deuda vigentes y deudas emergentes de planes caducos.

·         Obligaciones en curso de discusión administrativa o procedimiento administrativo a la fecha de publicación de la ley (de solidaridad) en el Boletín Oficial.

·         Obligaciones sobre las que se hubiese formulado denuncia penal tributaria o penal económica.

Cantidad de cuotas

·         Plazo máximo de 60 cuotas para aportes personales que tengan destino al Sistema Único de la Seguridad Social y para retenciones o percepciones impositivas y de recursos de la seguridad social.

·         Para el caso de las restantes obligaciones, el plazo es de 120 cuotas.

·         La primera cuota vencerá el 16 de julio de 2020.

Beneficios

Los principales beneficios son las siguientes condonaciones:

·         Multas y demás sanciones (no firmes) previstas en la para agentes de percepción y retención.

·         Autónomos: condonación 100% de intereses resarcitorios y punitorios, siempre que correspondan a obligaciones o infracciones al 30/12/2019.

·         Los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros según un esquema determinado de superación de capital.

Por otra parte, el ingreso a la moratoria produce una suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal.

Tasa de interés

·         La tasa de interés será fija del 3% en el primer año.

·         A partir del segundo año la tasa será variable (se aplicará tasa BADLAR).

Fecha límite

·         La inscripción inicia el 17/02/2020. La fecha límite para acogerse es 30/04/2020.

¿Qué deberían pedirle las PyMEs a sus contadores?

Hay dos aspectos claves donde los contadores deberán ayudar a sus clientes: la obtención del certificado fiscal MiPyME y el seguimiento del plan de pagos y cumplimiento de las disposiciones de la moratoria para evitar caer en caducidad.

El certificado MiPyME es un documento que se obtiene una vez finalizada la inscripción al registro y sirve para acreditar la condición como MiPyME ante la AFIP, el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos. Se estima que casi un 40% de las empresas no cuentan con este certificado debido a los arduos controles que exige el sistema de AFIP al momento de emitirlo. Por ejemplo, se pide CITI compras y ventas de períodos no prescriptos.

Ante esta situación, los profesionales contables deberán redoblar sus esfuerzos para facilitar la obtención del certificado MiPyME y evitar que esta documentación sea una “barrera de entrada” para sus clientes y se pierdan las ventajas de la moratoria.

Luego de haberse inscripto, los contadores también deberían focalizar sus controles en el cumplimiento de pagos/cuotas y velar porque las obligaciones aplicables a sus clientes sean respetadas a lo largo del tiempo para que la moratoria no caduque. Esto se da, por ejemplo, por falta de pago de hasta seis cuotas o incumplimiento grave de los deberes tributarios. Si caducara, se produciría la reactivación de la acción penal tributaria o aduanera.

Conclusiones: alivianando la carga tributaria para continuar operando

Según datos de AFIP, entre 2015 y 2019 cerraron unas 24.000 empresas, la gran mayoría de ellas son MiPyME. La debacle en las PyME se dio, entre otras cuestiones, por la alta presión fiscal. En este sentido, la moratoria representa un “salvavidas” para miles de firmas que están en riesgo de supervivencia. También, los beneficios se extienden para otros sectores afectados por la crisis: monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro.

Consideramos que la moratoria es una buena oportunidad para liberar a las empresas y demás sujetos alcanzados de cargas tributarias que asfixian su operación. AFIP indica que cuanto más temprano se sumen al plan mayor serán los beneficios.

Por todo esto, remarcamos la importancia que tiene para las PyME de tener un apoyo contable idóneo que, en este caso, agilice la obtención del certificado MiPyME y haga seguimiento de los pagos y obligaciones del cliente para con el fisco.

Facilitando el ingreso y asegurando que la moratoria no caduque, los contadores colaboran con nuestras PyME, posibilitando la continuidad de su operación y la recuperación de sus negocios, que ahora, con mucha menos carga tributaria, dispondrán de más ventajas y recursos para crecer.

El proyecto de moratoria para las PyMES, que forma parte de la nueva Ley de Solidaridad, está orientado a que las empresas chicas y medianas puedan refinanciar el stock de su deuda fiscal de corto a largo plazo, incluyendo condiciones de condonación de intereses y multas.

El objetivo es aliviar la situación fiscal de las empresas que están afectadas por la crisis actual y la caída de la actividad económica. La moratoria impositiva fue oficializada el 31 de enero de 2020 a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 4667, que apunta a beneficiar aproximadamente a un millón de PyME de nuestro país.

Analizaremos a continuación los principales alcances de la moratoria, las condiciones de adhesión y el rol de los contadores a la hora de dar soporte a sus clientes para acogerse a este nuevo plan de pagos.

Alcances y beneficios de la moratoria: regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras

Sujetos que se pueden adherir

·         Micro, pequeñas y medianas empresas con certificado MiPyME vigente al momento de la presentación.

·         Entidades civiles sin fines de lucro.

Obligaciones incluidas

·         Deudas tributarias y de seguridad social vencidas al 30/11/2019 inclusive.

·         Infracciones sobre obligaciones vencidas al 30/11/2019.

·         Refinanciaciones de planes de deuda vigentes y deudas emergentes de planes caducos.

·         Obligaciones en curso de discusión administrativa o procedimiento administrativo a la fecha de publicación de la ley (de solidaridad) en el Boletín Oficial.

·         Obligaciones sobre las que se hubiese formulado denuncia penal tributaria o penal económica.

Cantidad de cuotas

·         Plazo máximo de 60 cuotas para aportes personales que tengan destino al Sistema Único de la Seguridad Social y para retenciones o percepciones impositivas y de recursos de la seguridad social.

·         Para el caso de las restantes obligaciones, el plazo es de 120 cuotas.

·         La primera cuota vencerá el 16 de julio de 2020.

Beneficios

Los principales beneficios son las siguientes condonaciones:

·         Multas y demás sanciones (no firmes) previstas en la para agentes de percepción y retención.

·         Autónomos: condonación 100% de intereses resarcitorios y punitorios, siempre que correspondan a obligaciones o infracciones al 30/12/2019.

·         Los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros según un esquema determinado de superación de capital.

Por otra parte, el ingreso a la moratoria produce una suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal.

Tasa de interés

·         La tasa de interés será fija del 3% en el primer año.

·         A partir del segundo año la tasa será variable (se aplicará tasa BADLAR).

Fecha límite

·         La inscripción inicia el 17/02/2020. La fecha límite para acogerse es 30/04/2020.

¿Qué deberían pedirle las PyMEs a sus contadores?

Hay dos aspectos claves donde los contadores deberán ayudar a sus clientes: la obtención del certificado fiscal MiPyME y el seguimiento del plan de pagos y cumplimiento de las disposiciones de la moratoria para evitar caer en caducidad.

El certificado MiPyME es un documento que se obtiene una vez finalizada la inscripción al registro y sirve para acreditar la condición como MiPyME ante la AFIP, el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos. Se estima que casi un 40% de las empresas no cuentan con este certificado debido a los arduos controles que exige el sistema de AFIP al momento de emitirlo. Por ejemplo, se pide CITI compras y ventas de períodos no prescriptos.

Ante esta situación, los profesionales contables deberán redoblar sus esfuerzos para facilitar la obtención del certificado MiPyME y evitar que esta documentación sea una “barrera de entrada” para sus clientes y se pierdan las ventajas de la moratoria.

Luego de haberse inscripto, los contadores también deberían focalizar sus controles en el cumplimiento de pagos/cuotas y velar porque las obligaciones aplicables a sus clientes sean respetadas a lo largo del tiempo para que la moratoria no caduque. Esto se da, por ejemplo, por falta de pago de hasta seis cuotas o incumplimiento grave de los deberes tributarios. Si caducara, se produciría la reactivación de la acción penal tributaria o aduanera.

Conclusiones: alivianando la carga tributaria para continuar operando

Según datos de AFIP, entre 2015 y 2019 cerraron unas 24.000 empresas, la gran mayoría de ellas son MiPyME. La debacle en las PyME se dio, entre otras cuestiones, por la alta presión fiscal. En este sentido, la moratoria representa un “salvavidas” para miles de firmas que están en riesgo de supervivencia. También, los beneficios se extienden para otros sectores afectados por la crisis: monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro.

Consideramos que la moratoria es una buena oportunidad para liberar a las empresas y demás sujetos alcanzados de cargas tributarias que asfixian su operación. AFIP indica que cuanto más temprano se sumen al plan mayor serán los beneficios.

Por todo esto, remarcamos la importancia que tiene para las PyME de tener un apoyo contable idóneo que, en este caso, agilice la obtención del certificado MiPyME y haga seguimiento de los pagos y obligaciones del cliente para con el fisco.

Facilitando el ingreso y asegurando que la moratoria no caduque, los contadores colaboran con nuestras PyME, posibilitando la continuidad de su operación y la recuperación de sus negocios, que ahora, con mucha menos carga tributaria, dispondrán de más ventajas y recursos para crecer.

El proyecto de moratoria para las PyMES, que forma parte de la nueva Ley de Solidaridad, está orientado a que las empresas chicas y medianas puedan refinanciar el stock de su deuda fiscal de corto a largo plazo, incluyendo condiciones de condonación de intereses y multas.

El objetivo es aliviar la situación fiscal de las empresas que están afectadas por la crisis actual y la caída de la actividad económica. La moratoria impositiva fue oficializada el 31 de enero de 2020 a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 4667, que apunta a beneficiar aproximadamente a un millón de PyME de nuestro país.

Analizaremos a continuación los principales alcances de la moratoria, las condiciones de adhesión y el rol de los contadores a la hora de dar soporte a sus clientes para acogerse a este nuevo plan de pagos.

Alcances y beneficios de la moratoria: regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras


Sujetos que se pueden adherir

·         Micro, pequeñas y medianas empresas con certificado MiPyME vigente al momento de la presentación.

·         Entidades civiles sin fines de lucro.

Obligaciones incluidas

·         Deudas tributarias y de seguridad social vencidas al 30/11/2019 inclusive.

·         Infracciones sobre obligaciones vencidas al 30/11/2019.

·         Refinanciaciones de planes de deuda vigentes y deudas emergentes de planes caducos.

·         Obligaciones en curso de discusión administrativa o procedimiento administrativo a la fecha de publicación de la ley (de solidaridad) en el Boletín Oficial.

·         Obligaciones sobre las que se hubiese formulado denuncia penal tributaria o penal económica.

Cantidad de cuotas

·         Plazo máximo de 60 cuotas para aportes personales que tengan destino al Sistema Único de la Seguridad Social y para retenciones o percepciones impositivas y de recursos de la seguridad social.

·         Para el caso de las restantes obligaciones, el plazo es de 120 cuotas.

·         La primera cuota vencerá el 16 de julio de 2020.

Beneficios

Los principales beneficios son las siguientes condonaciones:

·         Multas y demás sanciones (no firmes) previstas en la para agentes de percepción y retención.

·         Autónomos: condonación 100% de intereses resarcitorios y punitorios, siempre que correspondan a obligaciones o infracciones al 30/12/2019.

·         Los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros según un esquema determinado de superación de capital.

Por otra parte, el ingreso a la moratoria produce una suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal.

Tasa de interés

·         La tasa de interés será fija del 3% en el primer año.

·         A partir del segundo año la tasa será variable (se aplicará tasa BADLAR).

Fecha límite

·         La inscripción inicia el 17/02/2020. La fecha límite para acogerse es 30/04/2020.

¿Qué deberían pedirle las PyMEs a sus contadores?

Hay dos aspectos claves donde los contadores deberán ayudar a sus clientes: la obtención del certificado fiscal MiPyME y el seguimiento del plan de pagos y cumplimiento de las disposiciones de la moratoria para evitar caer en caducidad.

El certificado MiPyME es un documento que se obtiene una vez finalizada la inscripción al registro y sirve para acreditar la condición como MiPyME ante la AFIP, el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos. Se estima que casi un 40% de las empresas no cuentan con este certificado debido a los arduos controles que exige el sistema de AFIP al momento de emitirlo. Por ejemplo, se pide CITI compras y ventas de períodos no prescriptos.

Ante esta situación, los profesionales contables deberán redoblar sus esfuerzos para facilitar la obtención del certificado MiPyME y evitar que esta documentación sea una “barrera de entrada” para sus clientes y se pierdan las ventajas de la moratoria.

Luego de haberse inscripto, los contadores también deberían focalizar sus controles en el cumplimiento de pagos/cuotas y velar porque las obligaciones aplicables a sus clientes sean respetadas a lo largo del tiempo para que la moratoria no caduque. Esto se da, por ejemplo, por falta de pago de hasta seis cuotas o incumplimiento grave de los deberes tributarios. Si caducara, se produciría la reactivación de la acción penal tributaria o aduanera.

Conclusiones: alivianando la carga tributaria para continuar operando

Según datos de AFIP, entre 2015 y 2019 cerraron unas 24.000 empresas, la gran mayoría de ellas son MiPyME. La debacle en las PyME se dio, entre otras cuestiones, por la alta presión fiscal. En este sentido, la moratoria representa un “salvavidas” para miles de firmas que están en riesgo de supervivencia. También, los beneficios se extienden para otros sectores afectados por la crisis: monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro.

Consideramos que la moratoria es una buena oportunidad para liberar a las empresas y demás sujetos alcanzados de cargas tributarias que asfixian su operación. AFIP indica que cuanto más temprano se sumen al plan mayor serán los beneficios.

Por todo esto, remarcamos la importancia que tiene para las PyME de tener un apoyo contable idóneo que, en este caso, agilice la obtención del certificado MiPyME y haga seguimiento de los pagos y obligaciones del cliente para con el fisco.

Facilitando el ingreso y asegurando que la moratoria no caduque, los contadores colaboran con nuestras PyME, posibilitando la continuidad de su operación y la recuperación de sus negocios, que ahora, con mucha menos carga tributaria, dispondrán de más ventajas y recursos para crecer.


PARA LOS CONTADORES QUE NECESITAN SOLUCIONES DE GESTIÓN E INFORMACIÓN PARA LOS ESTUDIOS CONTABLES > ONVIO

Es la única solución integral online para contadores que potencia la gestión contable, tributaria y laboral, automatiza los procesos de colaboración con los clientes y aumenta la productividad del estudio.

PARA QUIENES NECESITAN SOLUCIONES DE GESTIÓN PARA EMPRESAS > BEJERMAN ERP

Es la respuesta a todas las necesidades de gestión de una empresa mediana o grande. Una solución integral que satisface los requerimientos particulares de cada organización, optimiza la eficiencia de los procesos de negocios e incrementa la competitividad. Brinda la información, el análisis y las herramientas que se necesitan para brindar respuestas rápidas y confiables a las necesidades de la gestión.

> ACERCA DE THOMSON REUTERS

En una economía de decisiones, la confianza es todo. Desde Thomson Reuters apoyamos a los profesionales con respuestas confiables para tomar decisiones estratégicas, combinando inteligencia, tecnología y experiencia humana, brindando soluciones digitales innovadoras para facilitar el ejercicio de su profesión.

¿Querés conocer más sobre nuestros productos? Completá tus datos y te contactaremos