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Criptomonedas y tributación en Argentina: ¿Qué debés saber?

Las criptomonedas están cada vez más presentes en la mente de tus clientes. Leé este artículo y entendé mejor cómo funcionan y cómo debe ser su tributación.

Las restricciones del mercado cambiario para adquirir dólares han hecho que muchos argentinos busquen alternativas para invertir sus ahorros. Y una de las opciones que más llama la atención son las criptomonedas.

Es por eso que el contador del futuro debe estar preparado para las consultorías contables y no verse sorprendido con una pregunta básica sobre los criptoactivos que no sepa responder. ¿Te interesa el tema? ¡Continuá leyendo!

¿Qué son las criptomonedas?

“Una criptomoneda es una moneda virtual o un activo digital que no existe en forma física o corpórea, sino digital. Hasta el momento, no está respaldada por ningún gobierno, banco central ni activo subyacente”. Marcos Bravo Catalán, Partner- Tax & Legal Director BEPS & Transfer Pricing en BEPS GLOBAL CONSULTORES.

Las criptomonedas, también conocidas como criptoactivos o criptodivisas, son un medio para intercambiar valor, se pueden transferir de persona a persona a través de plataformas de alta seguridad. Además, están respaldadas por la tecnología blockchain que les proporciona seguridad, descentralización, trazabilidad, transparencia y privacidad.

Son muchísimas las criptomonedas que existen, pero podemos citar algunas de las más interesantes:

  • Bitcoin (BTC)
  • Ethereum (ETH)
  • Monero (XMR)
  • Ripple (XRP)
  • Litecoin (LTC)
  • Uniswap (UNI)
  • Cardano (ADA)
  • Polkadot (DOT)

¿Dónde se pueden comercializar los criptoactivos?

Las criptomonedas tienen un mercado activo y se cotizan en plataformas especializadas conocidas como “exchanges”. Estos exchanges son mercados financieros que permiten, según la oferta y la demanda, darles un valor económico a los diversos criptoactivos que comercializan.

“Las exchanges pueden funcionar como simples intermediarios entre los usuarios, así como pueden proporcionar otras funcionalidades más complejas de trading”. Marcos Bravo Catalán

¿Cómo funcionan las criptomonedas?

Una vez que cambiás tus dólares o euros por criptoactivos, se generan claves que te otorgan la propiedad de tus criptomonedas. Estas claves se almacenan en un monedero digital, conocido como “wallet”, un software que te permite guardar, enviar y recibir tus activos.

Cada criptomoneda tiene un algoritmo diferente que gestiona su emisión, algo que puede influir su valor, junto con la oferta y la demanda.

“El promedio de los inversionistas considera los criptoactivos como un medio de inversión que les pueda traer rentabilidad”. Juan Frers, Partner - Tax & Tech en BEPS GLOBAL CONSULTORES.

¿Hay regulaciones para las criptomonedas?

Las regulaciones de criptoactivos pueden clasificarse en generales o específicas.

Las normas específicas son aquellas que realizan una regulación concreta, ya sea, de carácter fiscal, financiero o compliance sobre el tratamiento de los criptoactivos. Un ejemplo es la Ley BTC El Salvador, promulgada recientemente.

Por otro lado, las normas generales son aquellas que regulan diferentes nuevas tecnologías, entre ellas las criptomonedas. Podemos citar como ejemplo la Ley Fintech México.

En Argentina no existe aún una ley para los activos virtuales. Sin embargo, actualmente, hay dos proyectos de ley para regular esta práctica.

Entonces, ¿cómo debe ser la tributación de los activos digitales en Argentina?

“Según la Resolución General 4614/2019, los exchanges tienen la obligación de informar a la AFIP la nómina de los clientes y el saldo que tienen en las cuentas”. Juan Frers

Los criptoactivos deben ser tributados y hay dos casos que generan esta obligación:

●     La renta generada y obtenida como resultado de las transacciones realizadas con las criptomonedas propias o de terceros.

●     La posesión de los criptoactivos en el patrimonio.

En el primero, tenemos el Impuesto a las Ganancias. Aquí, podemos considerar la ganancia que se obtiene de la transacción como una ganancia de capital o una renta de segunda categoría. Sin embargo, el Impuesto a las Ganancias no define el concepto de activos digitales.

“Si bien la norma no define qué se entiende por moneda virtual, si se entiende que la renta proveniente de la enajenación de criptoactivos está gravada”. Juan Frers

Por otro lado, en el segundo caso, tenemos el Impuesto de Bienes Personales, aquí nos encontramos con dos alternativas:

●     La primera que considera que las criptomonedas deberían gravarse como activos financieros.

●     La segunda que clasifica a los criptoactivos como bienes inmateriales por lo que no deberían ser gravados.

“Para calcular el impuesto sobre los Bienes Personales, no hay una regla específica, pero se puede tomar la cotización promedio de las 5 o 6 principales exchanges y aplicar ese precio al 31/12 de cada año”. Juan Frers

Mientras no haya una regulación específica, dependerá de cada consultoría contable encontrar la mejor forma de realizar la tributación. Sin embargo, cuanto más se conozca sobre el tema, mejores serán las decisiones que se podrán tomar.

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